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El Decreto 582/00, crea el
"Inventario de Sitios y Edificios de Valor Patrimonial",
según lo establecido por el artículo 7º
de la ordenanza 1773/91. En este inventario se encuentran
aquellos edificios y/o sectores urbanos que por sus
características representen valores arquitectónicos,
urbanos, históricos y culturales indiscutibles
para la sociedad. Identifica y valora los bienes en
él comprendidos.
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