| Vía Pública
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¿Que instrumento reglamenta el uso de la vía
pública? |
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La
Ordenanza nº 2114/93 y sus decretos reglamentarios
nº 471/94 y nº 1144/01, es la que impone normas
sobre todos los elementos fijos y móviles que
pueden instalarse en la vía pública como:
- Marquesinas y toldos.
- Carteles de propaganda y publicidad.
- Mobiliario urbano (cestos papeleros, refugios, farolas,
etc.) |
| ¿Que
es lo que reglamenta? |
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El diseño, el tipo y
calidad de los materiales para su construcción
o fabricación, y sus características técnico
- estructurales. |
¿Que
se entiende por vía pública? |
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Es el espacio aéreo,
superficial y subterráneo comprendido entre las
líneas municipales de ambas aceras de cualquier
vía del municipio abierta al uso público.
La propiedad de este espacio es municipal y su uso es
público. |
Línea
Municipal |
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Línea límite que
divide el espacio público del espacio privado. |
La Ordenanza |
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Regula, autoriza y controla la
instalación en la vía pública de
distintos elementos fijos o móviles, oficiales
o privados. Estos elementos no deben perturbar el libre
desplazamiento de peatones y/o vehículos, ni actuar
en detrimento del paisaje urbano que debe preservarse
como "Patrimonio de la Ciudad". |
Elementos
de la normativa |
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* Toldos y Marquesinas
* Publicidad:
1. Elementos de publicidad fijos: Transversal - Aplicado
- Pintado - Cartel en interior de parcela - Cartelería
y pantallas municipales.
2. Banda de Propaganda: Transversal - Aplicada
3. Elemento volumétrico.
4. Elemento de Publicidad Móviles.
* Señalización y equipamiento urbano:
Elemetos fijos: Farolas - Portaresiduos sobre poste
o papelero - Refugio - Mural - Iluminación
- Arboles - Señalización - Valla protectora
para salida de edificios.
Elementos móviles: Mesas, sillas, bancos,
sombrillas, kioskos y maceteros.
* Tendidos de redes de servicio: Redes de servicios
por cañerías o entubadas: agua, cloaca,
gas. - Redes de servicio por cable: energía eléctrica,
teléfono, TV por cable, música funcional.
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