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Vía Pública
¿Que instrumento reglamenta el uso de la vía pública?
 

La Ordenanza nº 2114/93 y sus decretos reglamentarios nº 471/94 y nº 1144/01, es la que impone normas sobre todos los elementos fijos y móviles que pueden instalarse en la vía pública como:

- Marquesinas y toldos.
- Carteles de propaganda y publicidad.
- Mobiliario urbano (cestos papeleros, refugios, farolas, etc.)

¿Que es lo que reglamenta?

El diseño, el tipo y calidad de los materiales para su construcción o fabricación, y sus características técnico - estructurales.
¿Que se entiende por vía pública?
 

Es el espacio aéreo, superficial y subterráneo comprendido entre las líneas municipales de ambas aceras de cualquier vía del municipio abierta al uso público. La propiedad de este espacio es municipal y su uso es público.

Línea Municipal
 
  Línea límite que divide el espacio público del espacio privado.
La Ordenanza
 
  Regula, autoriza y controla la instalación en la vía pública de distintos elementos fijos o móviles, oficiales o privados. Estos elementos no deben perturbar el libre desplazamiento de peatones y/o vehículos, ni actuar en detrimento del paisaje urbano que debe preservarse como "Patrimonio de la Ciudad".
Elementos de la normativa
 
  * Toldos y Marquesinas

* Publicidad:

1. Elementos de publicidad fijos: Transversal - Aplicado - Pintado - Cartel en interior de parcela - Cartelería y pantallas municipales.

2. Banda de Propaganda: Transversal - Aplicada

3. Elemento volumétrico.

4. Elemento de Publicidad Móviles.

* Señalización y equipamiento urbano:

Elemetos fijos: Farolas - Portaresiduos sobre poste o papelero - Refugio - Mural - Iluminación - Arboles - Señalización - Valla protectora para salida de edificios.

Elementos móviles: Mesas, sillas, bancos, sombrillas, kioskos y maceteros.

* Tendidos de redes de servicio: Redes de servicios por cañerías o entubadas: agua, cloaca, gas. - Redes de servicio por cable: energía eléctrica, teléfono, TV por cable, música funcional.