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Alumbrado Público
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| 4204020
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| Árboles Caídos/Poda
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| 4224073
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Defensa Civil
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| 4219469
/ 0-800-777-0408 |
Residuos No Habituales
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0-800-555-8090
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| Registro de Proveedores
Municipales |
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| Para
la Inscripción en el Registro de Proveedores Municipales
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Click
en el logo para ingresar al Registro

Los proveedores deberán llenar una solicitud
dirigida al Señor Director General de Compras
y Contrataciones de la Municipalidad de San Miguel de
Tucumán, en la que hará constar todos
los antecedentes de la firma, acompañada de la
siguiente documentación:
a) Constancia de Inscripción o Constancia de
No estar Inscripto en el Tributo Económico Municipal
según corresponda expedido por la Dirección
de Ingresos Municipales de la Municipalidad de San Miguel
de Tucumán; Constancia de Inscripción
en el Impuesto a los Ingresos Brutos expedida por la
Dirección General de Rentas de la Provincia de
Tucumán o Convenio Multilateral; Constancia de
Inscripción en AFIP.
b) Fijación de Domicilio Legal en el radio urbano
de San Miguel de Tucumán; Teléfonos y
Mails (de ser posible); Detalle de los ramos de explotación.
Dicha declaración es a título ejemplificativo
y a los efectos de las invitaciones en las licitaciones
privadas y concursos de precios.
c) Balance del último ejercicio certificado por
Contador Público Nacional. En caso de no ser
posible la presentación del balance general y
estado de resultados, deberá presentar Estado
Patrimonial a la fecha, entendiéndose por tal,
el realizado al último mes próximo pasado,
también firmado por Contador Público Nacional.
En ambos casos la firma del Contador deberá estar
certificada por el Colegio de Graduados en Ciencias
Económicas de Tucumán.
d) En caso de Personas Físicas copia de las dos
primeras hojas del DNI y cambios de domicilio que hubiere
realizado. Para Sociedades de Hecho lo anterior deberá
ser cumplimentado por cada uno de los socios.
e) Las Sociedades deberán adjuntar copia certificada
del Estatuto Social y/o Contrato y/o Acto Constitutivo
debidamente inscriptos.
f) Los proveedores que actúen a través
de apoderados deberán acreditarlo a través
de copia certificada del poder o mandato especial conferido.
g) Nota con carácter de Declaración Jurada
en la que el proveedor declara no estar incurso en ninguna
de las causales de inhibición que impidan contratar
con el Estado Municipal, detalladas en el inciso 5º,
a saber: |
| No
podrán contratar con el Estado Municipal |
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•
Las sociedades e individualmente sus componentes y/o miembros
del Directorio, según el caso, que estén
sancionados por incumplimientos de contratos, como así
también los cónyuges de los sancionados,
cualquiera fuera el carácter de que pretendan inscribirse.
• Las empresas en estado de concurso preventivo,
quiebra, o liquidación.
• Los inhibidos y los concursados civilmente.
• Los condenados en causa criminal. Sin embargo,
la Dirección General de Compras y Contrataciones
de la Municipalidad podrá acordar la inscripción
si, en virtud de la naturaleza de los hechos o las circunstancias
en que se cometieron o el tiempo transcurrido, juzgare
que la condena no es incompatible con la condición
de Proveedor Municipal.
• Los agentes de la Municipalidad de San Miguel
de Tucumán y los funcionarios del Gobierno de la
Provincia y demás Municipios Provinciales y las
Sociedades de Personas integradas total o parcialmente
por los mismos. |
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(información
proporcionada por la Dirección General de Compras
y Contrataciones
Municipalidad de San Miguel de Tucumán) |
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